El miedo a comprar una vivienda usada

Son muchos los clientes que ultimamente contactan con  SA Patologias, con la intención de poder lleva a cabo un informe inicial del estado de una vivienda antes de llevar a cabo su compra.

La pregunta es: ¿Realmente la vivienda no esconde problemas?

El principal temor del futuro propietario de una vivienda, es que su inversión lleve ya consigo vicios ocultos, o posibles patologías constructivas, que luego, pasado un tiempo no puedan reclamar y les suponga un gasto extra en la inversión que han realizado.

El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. Art. 1484 de Codigo Civil.

¿ Que deberiamos hacer en estos casos?

Como empresa especializada en este tipo de solicitudes, SA Patologias, recomienda la contratación de un técnico especialista en patologías que pueda identificar a simple vista cualquier anomalia en la vivienda o edificación.

Tenemos que tener en cuenta que al no ser la vivienda todavia en propiedad, sino que se esta  solicitando ayuda externa para discernir las posibles deficiencias del inmueble, lo normal es que no te dejen hacer ni ensayos ni catas, por lo cual debera emitirse un informe basado en una inspección visual preliminar, y cuyo informe se sustentara enbase a la experiencia del técnico competente.

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¿En que casos se puede reclamar?

Si hubiesemos llevado a cabo la compra de la vivienda o inmueble, y descubrieramos patologias constructivas o vicios ocultos, el vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos. Además, el vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase.

¿ Cuanto tiempo tenemos para reclamar?

En estos casos un factor fundamental es el tiempo, que corre en perjuicio del comprador. Si la compra fuera de una vivienda de segunda mano, el tiempo de reclamación seria de 6 meses de la entrega de la vivienda. Si la vivienda fuera nueva, el plazo de reclamación se iría a los dos años. Cuato son las claves de actuación.

  • Valorar los daños
  • Notificarlos al vendedor a la mayor brevedad
  • En caso de que el vendedor no acepte la reclamación, lo ideal seria acudir al Colegio Oficial de Arquitectos buscando un mediador y desestimando la posibilidad de juicio.
  • Si no se consigue una solución a todo lo anterior, habria que iniciar los tramites judiciales pertinentes para reclamar la venta de un inmuebles con vicios ocultos.